sábado 7 de noviembre de 2026
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Misiones: comienza capacitación sobre comercialización responsable de alcohol

Del encuentro participarán referentes del Programa Nacional de Prevención y Lucha contra el Consumo Excesivo de Alcohol dependiente de la cartera sanitaria nacional y de la Dirección de Prevención de Adicciones de Posadas con el objetivo de concientizar a los expendedores de alcohol sobre el impacto socio sanitario de su consumo nocivo.

Referentes de la Dirección Nacional de Salud Mental y Adicciones (DNSMyA) del Ministerio de Salud de la Nación, a cargo de Juan Manzur, y el equipo técnico de la Dirección de Prevención de Adicciones de la ciudad de Posadas se reunirán mañana en la capital de la provincia de Misiones con el fin de avanzar en la capacitación sobre venta de bebidas alcohólicas e impacto socio sanitario del consumo nocivo de alcohol destinada a comerciantes y expendedores del rubro, actividad enmarcada en el Código de Nocturnidad local.

 

Durante el encuentro, que comenzará a las 13 en el Salón de Usos Múltiples de la Municipalidad de Posadas, ubicada en San Martín 1571, especialistas del Programa Nacional de Prevención y Lucha contra al Consumo Excesivo de Alcohol de la DNSMyA y sus pares de la Dirección de Prevención de Adicciones local debatirán en torno a la aplicación de la Ordenanza Nº 1914/06, también conocida como Código de Nocturnidad, la cual prevé, entre sus líneas de acción, la concientización de los propietarios y empleados de los comercios del rubro en torno al consumo excesivo de alcohol y sus efectos, en especial, en niños y jóvenes.

 

El Código de Nocturnidad posadeño habilita a comercios el expendio de alcohol a partir de una certificación previa que se obtiene tras la participación en un programa comunal específico. Según datos de la Dirección de Prevención de Adicciones, desde la implementación del Código de Nocturnidad se observa un mejor manejo por parte de los expendedores de las situaciones de atención al público vinculado al consumo de alcohol. No obstante, autoridades municipales trabajan fuertemente para reducir las tasas de ingesta episódica excesiva en niños y jóvenes, una de las líneas de trabajo que tiene la DNSMyA como autoridad de aplicación de la Ley Nacional de Salud Mental Nº 26.657.

 

La Ley Nº 24.788

La promoción de hábitos de vida saludables supone, entre otros, un consumo responsable de alcohol a partir de los 18 años, lo que implica reforzar el compromiso que debe tener tanto la persona que toma como la que lo acompaña, impulsando una creciente concientización de los riesgos del consumo de bebidas alcohólicas.

 

La Ley Nº 24.788 prohíbe en todo el territorio nacional el expendio de todo tipo de bebidas alcohólicas a menores de 18 años de edad (artículo 1) y declara de interés nacional la lucha contra el consumo excesivo de alcohol (artículo 2). Además, prohíbe toda publicidad o incentivo de consumo de bebidas alcohólicas, que sea dirigida a menores de 18 años, utilice a menores de esa edad bebiendo, sugiera que el consumo de bebidas alcohólicas mejora el rendimiento físico o intelectual de las personas, utilice el consumo de bebidas alcohólicas como estimulante de la sexualidad y/o de la violencia en cualquiera de sus manifestaciones y no incluya en letra y lugar visible las leyendas “Beber con moderación” y “Prohibida su venta a menores de 18 años” (artículo 6).

 

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