Si bien la Ley Nacional 26.657 de Salud Mental fue sancionada y promulgada a fines de 2010, hace 2 semanas fue reglamentada recién en la provincia de Catamarca.
Y con este paso, entre otras cuestiones, todas las obras sociales de la provincia están obligadas a brindar atención en Salud Mental a todos sus afiliados que así lo requieran. Es decir, el sector privado también debe brindar esta cobertura.
La presidenta del Colegio de Psicólogos de Catamarca, Carolina Álvarez, confirmó que se reglamentó sobre artículos de la Ley de Salud Mental que eran ambiguos y que estaban a la libre interpretación. La urgencia en la reglamentación se debió a que se esperó por más de 2 años.
“Se estaba esperando que se concrete para implementarla con más fuerza, en todo el país. De por sí, al ser una ley de orden público, se puede implementar sin la adhesión de cada provincia, pero con la reglamentación se puede efectivizar con mucha más fuerza en la práctica del ejercicio. El eco que va a hacer en Catamarca es que la Ley, al ser Nacional, reglamentada, nunca tuvo opción de que no se implemente pero ahora tiene detalles explicitados, que al no cumplirse sería ilegal. El profesional de los equipos de Salud Mental como técnicos y auxiliares debe implementar la Ley porque su accionar sería ilegal.
Ésta es la necesidad por la cual tienen que conocerla e realizarla. Es en beneficio no sólo para el profesional sino también para el paciente que llega con una demanda o sufrimiento y para el propio equipo porque no se trabaja sólo como profesional, técnico o auxiliar sino acompañados y compartiendo las responsabilidades y obligaciones que tiene el equipo de salud”, explicó.
Además, comentó que el Colegio de Psicólogos de Catamarca forma parte de la Comisión Nacional de Legislación. A partir de julio, anticipó, se va a comenzar a difundir y abrir los espacios de debates acerca de la Ley Nacional de Salud Mental junto con su reglamentación. Según Álvarez, los profesionales tienen que saber que hay responsabilidades y obligaciones que tienen que adoptarlas dentro de encuadre de trabajo, como el consentimiento informado, hacer conocer el Artículo 7 sobre todos los derechos que tiene la persona, habilitar un libro de quejas y la comunicación dentro de las instituciones públicas que tienen que tener un teléfono disponible para que las personas puedan comunicarse con sus afectos sociales.
“Hay muchísimas cuestiones específicas que van a llevar a un cambio de mirada hacia la persona, sobre más sostén y protección. Seguramente vamos a trabajar con la Subsecretaría de Salud Mental y Adicciones; es tan nuevo y reciente que aún no nos sentamos a hablar. Ambas instituciones van en pos de la implementación de la Ley y apoyamos todas sus iniciativas como ellos apoyan las nuestras”, contó.
La Ley de Salud Mental, remarcó, responde al paradigma del enfoque de derechos, dejando de lado el paradigma de la persona como objeto, del paradigma tutelar del profesional que decide cómo, cuándo y dónde sin el compromiso de esta persona. El enfoque de derecho, indicó, se centra en que la persona sea la implicada, la que sepa cómo se aborda un tratamiento, qué expectativas tiene, cuál es el pronóstico, que vaya conjuntamente con el accionar del equipo de salud y vaya evolucionando de forma positiva y en beneficio a su calidad de vida.
“En este sentido, es beneficiosa para todos porque hay que tener en cuenta que el sufrimiento psíquico lo podemos tener todos, en cualquier momento. No porque seas profesional o tengas una carrera universitaria o un cierto estatus social o por una cuestión cultural no se puede atravesar por un sufrimiento psíquico. La Ley de Salud Mental estipula la protección a todos los pacientes que están todos expuestos, como ante cualquier enfermedad”, precisó.