sábado 7 de noviembre de 2026
16.5 C
Buenos Aires

SALUD

Entre Ríos: El gobierno estableció la creación por Ley del Instituto Provincial del Cáncer

Mediante la publicación de la Ley Nº 10252 se formalizó la creación del Instituto Provincial del Cáncer. La norma fue sancionada a principios de octubre en la legislatura entrerriana, pero el organismo se constituyó a fines de 2012 mediante resolución del Ministerio de Salud.

“Este es el broche para un organismo que constituimos pensado en dar batalla a una de las enfermedades crónicas no transmisibles de mayor incidencia en la población” manifestó el ministro Hugo Cettour quien además celebró la sanción de la norma.

 

En la Ley recientemente promulgada, se dispuso que el Instituto Provincial de Cáncer tenga su sede en la ciudad de Santa Rosa de Villaguay y funcione dentro del ámbito del Ministerio de Salud provincial. Se fijó además la integración del mismo con un director –que tendrá rango y jerarquía de subsecretario y será designado por el Poder Ejecutivo a propuesta del Ministro de Salud–, un consejo ejecutivo y un consejo consultivo. Cabe citar que estos órganos del Instituto ya estaban previstos en la Resolución Nº 3435 del Ministerio de Salud el 16 de noviembre de 2012 donde se desginaba a Higinio Álvarez en la dirección médica del organismo.

 

Respecto a las funciones del director, la Ley establece que deberá “dirigir y promover estudios e investigaciones especializados y disponer la difusión de sus resultados; promover las relaciones institucionales del Instituto Provincial del Cáncer, y en su caso, propiciar conjuntamente con el Ministro de Salud la celebración de convenios con organizaciones públicas, privadas, nacionales o extranjeras, para el logro de sus objetivos”. Además tendrá que “convocar al consejo ejecutivo por lo menos una vez al mes y someter a su consideración las cuestiones respectivas; y designar el personal que fuera necesario y gestionar la contratación de expertos oncólogos provinciales, nacionales o extranjeros, supervisando su desempeño”, como así también “administrar los recursos y los bienes del organismo, en coordinación con el Ministerio de Salud”.

 

El consejo ejecutivo, en tanto, se integrará con cinco vocales. Serán seleccionados por concurso público y designados por el Ministro de Salud. Durarán en el cargo seis años con renovación indefinida. Los integrantes del consejo ejecutivo tendrán la función de “asistir al director; elaborar el proyecto de plan estratégico plurianual; elaborar el plan operativo anual; confeccionar las normas necesarias para el mejor funcionamiento del Instituto; presentar la memoria anual al director; promover y gestionar la obtención de recursos y fondos públicos y privados para el cumplimiento de los objetivos del Instituto; y asegurar la realización de las actividades propias del organismo”.

 

Por su parte, el consejo consultivo se compondrá de tres miembros y estará integrado por personalidades con destacada trayectoria en los ámbitos científico, jurídico, administrativo, económico, financiero u otros, los que serán invitados por el director del Instituto Provincial del Cáncer a integrarlo. Se desempeñarán en el cargo con carácter ad-honorem. Serán sus funciones “asistir al director y al consejo ejecutivo; colaborar en la elaboración del plan estratégico plurianual; participar en los temas específicos que le sean requeridos; colaborar en el fortalecimiento de las relaciones institucionales; y elevar al director la memoria anual de sus actividades, la que será integrada a la memoria anual del Instituto Provincial del Cáncer”.

 

Objetivos fijados en la Ley

Respecto a los objetivos del mismo, la norma establece que buscará “disminuir la incidencia y mortalidad por cáncer y mejorar la calidad de vida de las personas que lo padecen; fomentar, promover y coordinar proyectos de investigación y control del cáncer que lleven a cabo universidades, hospitales, fundaciones de investigación y empresas privadas de la Provincia de Entre Ríos; y llevar adelante investigaciones en sus propios laboratorios, como así también en los establecimientos de salud de la Provincia que cuenten con los recursos y la capacidad tecnológica apropiada”.

 

También busca “promover una red provincial de centros oncológicos; apoyar la educación y la capacitación en ciencias básicas y disciplinas clínicas para la participación en programas básicos y de investigación clínica y de programas relacionados con el cáncer por medio de subvenciones y becas pos-doctorales; recopilar y difundir información sobre el cáncer; y asesorar al Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos, en los aspectos relacionados con la materia, tendiente a una racional distribución de los recursos necesarios para el diagnóstico y tratamiento de las enfermedades neoplásicas, así como la rehabilitación de los enfermos afectados por esta dolencia”.

 

Otros de los objetivos son “capacitar enfermeros matriculados en la asistencia integral del paciente oncológicos; realizar los estudios necesarios para determinar la existencia de factores ambientales capaces de producir enfermedades neoplásicas; y promover la suscripción de convenios a nivel nacional o internacional con entidades gubernamentales o privadas, para el intercambio de investigadores, becarios, residentes e información aplicados a la investigación, docencia y asistencia a los pacientes con cáncer”.

Te puede interesar